Amparo contra Ataques a la Libertad | Lic. Tadeo Contreras — Hermosillo, Sonora
Amparos 24 / 7
Juicio de Amparo Indirecto

Amparo contra
Ataques a la Libertad

Si usted o un familiar fue detenido, cuenta con una orden de aprehensión en su contra o sufre una restricción ilegal de su libertad, el amparo es la herramienta constitucional para protegerle de inmediato.

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Detención sin flagrancia ni orden judicial

Cuando la persona fue aprehendida sin haber cometido el delito en ese momento y sin que exista una orden de aprehensión expedida por juez competente.

Art. 16 CPEUM · Art. 170 fr. I, CNPP
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Orden de aprehensión ilegal o sin fundamento

Cuando el juez expidió una orden de aprehensión sin reunir los requisitos constitucionales: datos que establezcan la comisión del delito y la probable responsabilidad.

Art. 16 CPEUM · Art. 141 CNPP
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Auto de vinculación a proceso ilegal

Cuando el Juez de Control dictó el auto de vinculación sin satisfacer los requisitos del artículo 19 constitucional: hecho que la ley señale como delito, lugar, tiempo y datos que establezcan la comisión.

Art. 19 CPEUM · Art. 316 CNPP
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Prisión preventiva injustificada o excesiva

Cuando la medida cautelar de prisión preventiva fue impuesta sin que se acreditaran los requisitos constitucionales o sin necesidad de cautela, o cuando excede el plazo constitucional de dos años.

Art. 19 CPEUM · Arts. 155–163 CNPP
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Arraigo inconstitucional

Cuando la persona fue sometida a arraigo fuera de los supuestos constitucionales estrictos o por plazo excesivo, vulnerando su libertad personal y derechos fundamentales.

Art. 16 párr. 8 CPEUM
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Negativa de libertad ante falta de mérito

Cuando el MP dispuso de la persona detenida sin ponerla a disposición del juez dentro de las 48 horas constitucionales, o cuando el juez no decretó la libertad al no acreditarse los requisitos de vinculación.

Art. 16 CPEUM · Art. 308 CNPP
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Negativa o exceso en beneficios de libertad

Cuando el juez niega sin fundamento la sustitución de la prisión preventiva por medida cautelar menos gravosa, o cuando se niega la libertad condicional o el procedimiento abreviado de forma indebida.

Arts. 155–163 CNPP · Art. 1° CPEUM
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Cualquier acto de autoridad que restrinja la libertad ambulatoria

Actos de la Fiscalía, policía, agentes migratorios u otras autoridades que limiten, restrinjan o amenacen la libertad de tránsito o personal sin sustento legal.

Art. 11 · Art. 16 · Art. 22 CPEUM · Art. 107 CPEUM

⚠ El amparo NO procede cuando:

  • El quejoso consintientemente aceptó el acto reclamado o lo promovió voluntariamente (Art. 61 fr. XI, Ley de Amparo)
  • La detención fue en flagrancia con todos los requisitos legales (Art. 16 CPEUM, Art. 146 CNPP)
  • El acto reclamado ha cesado definitivamente en sus efectos y no puede ser reparado (Art. 61 fr. XVII, Ley de Amparo)
  • Se trata de actos declarativos o de trámite que no afectan directamente la libertad personal
  • La demanda se presenta fuera del plazo legal (regla general: 15 días; en materia penal contra actos que afectan la libertad: en cualquier tiempo mientras subsista el acto — Art. 17, Ley de Amparo)
  • Existe litispendencia: ya hay un amparo previo en trámite contra el mismo acto
⏱ En materia penal contra actos que atacan la libertad personal: en cualquier tiempo. Conforme al artículo 17 fracción IV de la Ley de Amparo, la demanda de amparo puede promoverse en cualquier tiempo cuando el acto reclamado implique peligro de privación de la vida, deportación, destierro o cualquiera de los actos prohibidos por el artículo 22 constitucional, o bien se trate de actos que afecten la libertad personal fuera de procedimiento judicial. No obstante, entre más rápido se actúe, mayores son las posibilidades de suspensión inmediata del acto reclamado.
Consulta El Lic. Tadeo Contreras le cotiza
el amparo tras revisar el caso

El servicio incluye:
✓ Análisis jurídico del acto reclamado
✓ Redacción de demanda de amparo indirecto
✓ Solicitud de suspensión provisional y definitiva
✓ Presentación ante el Juzgado de Distrito competente
✓ Seguimiento hasta resolución de la suspensión

Pago vía transferencia bancaria
Una vez que el Lic. Tadeo Contreras
revise su caso y le confirme el monto,
realiza la transferencia y el amparo
se presenta de inmediato.

Atención: 24 hrs / 7 días
Importante: Complete todos los campos con la información disponible. Entre más datos proporcione, más precisa será la demanda. Si desconoce algún dato, indíquelo en el campo de observaciones. El Lic. Tadeo Contreras revisará su solicitud y le confirmará por WhatsApp en minutos.
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Solicitud de Juicio de Amparo

Lic. Jesús Tadeo Contreras Nora · Hermosillo, Sonora · 662 257 1756

I. Datos del quejoso (persona detenida o afectada)
II. Datos de quien solicita el amparo (si es familiar o tercero)
El amparo en materia de libertad puede promoverse por el propio quejoso, su defensor, cónyuge, concubino, parientes o cualquier persona en su nombre, sin necesidad de poder notarial (Art. 15, Ley de Amparo).
III. Acto reclamado (motivo del amparo)

Seleccione el tipo de acto que viola la libertad del quejoso: *

IV. Autoridades responsables
V. Hechos que motivaron el acto reclamado
Entre más detalle proporcione, más precisa será la demanda. No omita nada, aunque le parezca irrelevante.
VI. Delito que se le imputa (si es conocido)
VII. Información adicional y urgencia

Al presionar el botón, su solicitud se enviará directamente al WhatsApp del Lic. Tadeo Contreras con toda la información capturada. Recibirá respuesta en minutos con la cotización y los datos para la transferencia.

AVISO LEGAL — La información capturada se transmite directamente al Lic. Jesús Tadeo Contreras Nora (Cédula Profesional registrada) por canal privado de WhatsApp. Esta herramienta no constituye contratación formal ni relación abogado-cliente hasta que el Lic. Contreras confirme la aceptación del asunto por escrito. Los datos proporcionados se utilizan exclusivamente para la preparación de la demanda de amparo. Hermosillo, Sonora · Art. 107 CPEUM · Ley de Amparo (DOF 2013, última reforma vigente).

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